A continuación te resolveremos dudas y te daremos varios consejos útiles si estás planificando tu futura boda en Ciudad Real.
Pasos a seguir en una boda religiosa
En primer lugar, has de seleccionar el templo donde deseas celebrar tu matrimonio y la fecha en primer lugar. Según tus prioridades y necesidades en ocasiones tendrás que seleccionar uno en pos de otro. Hay centros que tienen muchas solicitudes y en los que es muy difícil encontrar la fecha deseada si no se reservan con una antelación de entre y uno y dos años previos a la boda, como la Catedral de Ciudad Real, la ermita de Alarcos o las ermitas de Santa Brígida de Almodóvar del Campo o la virgen del Socorro en Argamasilla de Calatrava. Por lo general, se suele hacer la reserva con aproximadamente un año de antelación. Estos son los cinco requisitos indispensables para realizar una boda religiosa: 1.Pedid cita con el párroco para informaros Recordad que el Estado español reconoce el matrimonio canónico como legal, de modo que no es necesario celebrar matrimonio en el Registro Civil ni en el juzgado. Según establecen la normas eclesiásticas, el párroco es la única persona competente para decidir qué tipo de documentos debéis entregar antes de celebrar vuestra boda religiosa, aunque en casi todas las diócesis los requisitos son los mismos. Así pues, el párroco es quien se encarga de los trámites administrativos, de forma que cuando salgáis de la Iglesia ya estaréis legalmente casados.- ¿Cuándo pedir la cita?
- Lo habitual es unos seis meses antes de la boda, siempre que ambos pertenezcáis a la misma diócesis. En cambio, si uno de los dos procede de otro lugar es aconsejable hacerlo con mayor antelación. Tened en cuenta que los documentos del expediente matrimonial han de tener menos de seis meses desde la fecha de expedición hasta el día de la boda. Si no es así, deberéis empezar de nuevo todo el papeleo.
- ¿Trámites más rápidos que en una boda civil?
- En una ceremonia religiosa los procesos pueden ser más rápidos, ya que la iglesia se encarga de toda la documentación legal y os la tramita para que solo tengáis que preocuparos de firmar.
- Documentos necesarios para la tramitación del expediente matrimonial
- Fotocopia del DNI, pasaporte o tarjeta de residencia de cada uno de los miembros de la pareja.
- Fotocopia de la hoja del libro de familia de los padres donde aparece inscrito vuestro nombre.
- Partida de bautismo de los dos cónyuges (se puede pedir en la parroquia donde os bautizaron).
- Certificado literal de nacimiento de cada uno de los novios (solicitar en el Registro Civil de la localidad donde nacisteis).
- Certificado de fe y estado (se solicita en el Registro Civil).
- ¿Qué hacer en casos especiales?
- Certificado de matrimonio de la iglesia donde aparezca el matrimonio con el cónyuge fallecido.
- Certificado de defunción del cónyuge.
- Certificado del matrimonio civil y una fotocopia del mismo que se expide en el lugar donde os casasteis.
- Cursillos prematrimoniales
- ¿Los testigos son los mismos que en una ceremonia civil?